El aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias es el instrumento que permite al contribuyente con dificultades de tesorería pagar sus deudas con la AEAT de forma diferida sin que se inicie el período ejecutivo. Para importes inferiores a 30.000 euros, el aplazamiento es automático y no requiere garantía: basta con presentar la solicitud a través de la sede electrónica de la AEAT indicando el número de plazos y la periodicidad deseada. Para importes superiores, la AEAT exige la aportación de garantía suficiente —habitualmente aval bancario—, aunque existe la posibilidad de solicitar la dispensa de garantía cuando el patrimonio del deudor es insuficiente para constituirla y el aplazamiento no compromete los derechos de la Hacienda Pública. Los intereses de demora se generan durante todo el período de aplazamiento al tipo legal vigente. La gestión estratégica de aplazamientos —combinando el aplazamiento tributario con la financiación bancaria o con la venta de activos no esenciales— puede ser la diferencia entre la supervivencia y el cierre de una empresa en dificultades temporales. LRB Tax y Legal gestiona las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento ante la AEAT, incluyendo la negociación de los plazos, la dispensa de garantía y la coordinación con la financiación bancaria.