Las notificaciones electrónicas de la AEAT a través del sistema DEHú (Dirección Electrónica Habilitada única) son hoy la forma principal de comunicación entre la Administración tributaria y los contribuyentes obligados a relacionarse electrónicamente —empresas, grandes patrimonios y autónomos con ciertos niveles de facturación—. El funcionamiento del sistema tiene consecuencias procesales críticas que todo contribuyente debe conocer: cuando la AEAT deposita una notificación en el buzón DEHú del contribuyente, este tiene acceso a ella desde ese momento. Si no accede al buzón en el plazo de 10 días naturales, la notificación se entiende rechazada y produce efectos desde ese momento —incluyendo el inicio del cómputo de plazos para recurrir—. Esta regla puede resultar especialmente dañina si el contribuyente no revisa el buzón con regularidad, si cambia de asesor fiscal sin actualizar los accesos, o si hay problemas técnicos con el certificado digital. Existen varios sistemas para evitar sorpresas: la habilitación de alertas automáticas vía email cuando llega una notificación al buzón, la gestión centralizada del buzón por el asesor fiscal autorizado, y la revisión periódica con un calendario establecido. La pérdida de un plazo de recurso por no haber accedido al buzón DEHú puede ser irreparable —el acto administrativo deviene firme y ya no puede impugnarse— a menos que se acredite que la notificación no fue practicada correctamente. LRB Tax y Legal gestiona las notificaciones electrónicas de sus clientes como parte del servicio de asesoría fiscal permanente, garantizando que ningún plazo de recurso se pierde por falta de acceso al buzón DEHú.