La tributación del autónomo en estimación directa exige declarar trimestralmente los rendimientos netos de la actividad —ingresos menos gastos deducibles— mediante el pago fraccionado del Modelo 130 (20% del rendimiento neto acumulado menos los pagos fraccionados anteriores). Los gastos deducibles del autónomo en estimación directa incluyen todos los necesarios para el ejercicio de la actividad que estén correctamente justificados y contabilizados: amortizaciones del local y del equipamiento, suministros de electricidad e internet cuando el local es exclusivo de la actividad, salarios y cotizaciones del personal, cuotas del RETA, seguros de responsabilidad civil, gastos de formación, publicidad, gestoría y asesoría. Uno de los gastos más discutidos es el del vehículo: los vehículos de turismo solo son deducibles al 100% cuando se destinen exclusivamente a la actividad, lo que exige que el autónomo demuestre que no los usa para fines particulares. La deducibilidad de la parte de la vivienda habitual utilizada como oficina —un porcentaje de los gastos de alquiler, suministros y amortización proporcional a la superficie dedicada a la actividad— es otro foco de controversia con la AEAT: la doctrina ha evolucionado pero sigue siendo un área de riesgo. Para la gestión fiscal integral del autónomo —pagos fraccionados, IVA trimestral, IRPF anual, optimización de gastos deducibles—, LRB Tax y Legal proporciona asesoría fiscal continua al autónomo, incluyendo la revisión mensual de gastos deducibles, la presentación de modelos trimestrales y la planificación del IRPF anual.