Pacto de socios: cláusulas esenciales, mecanismos de bloqueo y derechos de transmisión

El pacto de socios: el contrato más importante de la empresa

Si los estatutos sociales son la constitución de la empresa —el documento público que regula su estructura y funcionamiento básico—, el pacto de socios es el contrato privado que regula todo lo que los estatutos no pueden o no deben regular: las relaciones entre los socios, sus derechos y obligaciones recíprocos, los mecanismos de toma de decisiones en situaciones de conflicto, y las condiciones de entrada y salida de cada socio. El pacto de socios es especialmente crítico en las siguientes situaciones: empresas con dos socios al 50% (donde cualquier desacuerdo puede producir un bloqueo total), empresas con socios que tienen diferentes horizontes temporales de inversión, empresas en las que uno de los socios trabaja en el negocio y los otros son inversores pasivos, y empresas que tienen previsto captar inversión externa en el corto o medio plazo.

Cláusulas esenciales que no pueden faltar

Las cláusulas que todo pacto de socios debería incluir son las siguientes. Los mecanismos de resolución de bloqueos: qué ocurre cuando los socios no se ponen de acuerdo sobre una decisión importante. Las soluciones más habituales incluyen el árbitro de desempate —un tercero independiente que desempata en caso de bloqueo sobre decisiones estratégicas—, el mecanismo de la escopeta (shoot-out o Texas shoot-out) —en el que uno de los socios ofrece comprar las participaciones del otro a un precio determinado, y el otro puede aceptar vender o contraoferecer comprando él al mismo precio—, o el sometimiento de determinadas decisiones a un proceso de mediación obligatoria antes de la vía judicial. Los derechos de transmisión preferente: el derecho de tanteo —que obliga al socio que quiere vender a ofrecer primero sus participaciones a los demás socios al mismo precio—, el derecho de arrastre (drag-along) —que permite al socio mayoritario forzar al minoritario a vender junto a él cuando hay una oferta de compra de la totalidad de la empresa—, y el derecho de acompañamiento (tag-along) —que permite al socio minoritario vender en las mismas condiciones que el mayoritario cuando este vende su participación a un tercero—. Las cláusulas de no competencia y no solicitud: que impiden a los socios desarrollar actividades competidoras durante la vigencia del pacto y durante un período posterior a su salida. Los compromisos de permanencia: especialmente importantes cuando uno de los socios es el gestor clave del negocio. Para la redacción del pacto de socios y la negociación de sus cláusulas, LRB Tax y Legal elabora pactos de socios adaptados a la estructura y a los objetivos de cada empresa, incluyendo los mecanismos de resolución de bloqueos, los derechos de transmisión y las cláusulas de no competencia. Para la valoración de participaciones que sirve de referencia en los mecanismos de precio del pacto de socios, ValiTax elabora las metodologías de valoración que se incorporan como referencia en las cláusulas de precio del pacto.

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