Prevención

Cláusulas de mediación para contratos mercantiles

La cláusula que redactas hoy en dos párrafos es la que decide, dentro de tres años, si el conflicto se resuelve en seis semanas o en dos instancias judiciales.

Por qué ahora tiene más sentido que nunca

Antes de la reforma, una cláusula de mediación era una declaración de buenas intenciones que la mayoría de las partes ignoraba cuando llegaba el conflicto. Ahora el escenario ha cambiado: como el intento de MASC es en todo caso obligatorio antes de demandar, la cuestión ya no es si habrá una negociación previa, sino cómo estará regulada cuando llegue.

Un contrato con una cláusula bien redactada llega a ese momento con las reglas ya pactadas: qué modalidad se usa, quién designa al tercero, en qué plazo, con qué reparto de costes y en qué idioma y formato. Un contrato sin ella llega con dos partes enfadadas discutiendo el procedimiento antes de poder discutir el fondo.

Qué redactamos

Cláusula de mediación simple

Compromiso de someter las controversias derivadas del contrato a mediación antes de acudir a la jurisdicción, con designación del procedimiento y de la forma de nombrar al mediador.

Cláusula escalonada

La fórmula más eficaz en contratos de cierta entidad. Establece fases sucesivas y obligatorias:

  1. Negociación directa entre representantes con capacidad de decisión, con plazo tasado.
  2. Mediación ante tercero neutral si la fase anterior no prospera.
  3. Arbitraje o jurisdicción como última instancia.

Cada escalón tiene su plazo, de modo que ninguna parte puede usar la cláusula como táctica dilatoria indefinida.

Cláusulas específicas para pactos de socios

Aquí la cláusula debe hacerse cargo de escenarios concretos: qué ocurre ante un bloqueo de la junta, cómo se designa al experto que valore las participaciones, qué mayorías se requieren para activar el mecanismo y cómo se articula con las cláusulas de arrastre, acompañamiento o salida.

Revisión de cláusulas existentes

Muchos contratos vigentes tienen cláusulas heredadas de modelos antiguos que hoy generan más problemas de los que resuelven: designan instituciones que ya no operan, fijan procedimientos incompatibles con el marco actual o establecen plazos que colisionan con los legales.

Los cinco errores clásicos

  1. No fijar plazos. Una fase de negociación sin fecha límite es una vía de escape para quien quiera ganar tiempo.
  2. No prever cómo se designa al tercero. Si hace falta acuerdo entre partes enfrentadas para nombrar al mediador, el mecanismo nace bloqueado.
  3. No regular los costes. El reparto de honorarios debe estar pactado de antemano.
  4. Redactarla como facultativa. «Las partes podrán someterse a mediación» no obliga a nada.
  5. Ignorar el formato. Conviene prever expresamente la celebración por medios telemáticos para evitar discusiones logísticas.

En qué contratos conviene incluirla

  • Pactos de socios y protocolos familiares. Donde el conflicto es más probable y más destructivo.
  • Contratos de distribución, agencia y franquicia. Relaciones duraderas con alta probabilidad de fricción.
  • Contratos de suministro con proveedores estratégicos. Donde romper la relación cuesta más que el importe en disputa.
  • Joint ventures y acuerdos de colaboración entre empresas.
  • Contratos de obra y de servicios continuados.
  • Compraventas de empresa, especialmente en lo relativo a ajustes de precio y manifestaciones y garantías.

Cómo trabajamos

Redactamos la cláusula a partir del contrato concreto y de la relación real entre las partes, no desde una plantilla. El servicio se presta por correo electrónico: nos envías el contrato o el borrador, indicas qué escenarios te preocupan y te devolvemos la cláusula redactada con una nota explicativa de cada elemento y de por qué está donde está.

Para clientes que ya tienen contratada otra línea de servicios de LRB Tax & Legal —holding, reestructuración, compraventa de empresa—, la redacción de la cláusula se integra en ese encargo sin coste adicional.

Preguntas frecuentes

Sobre las cláusulas de mediación

¿Es vinculante una cláusula de mediación?

Si está bien redactada, sí: obliga a las partes a agotar la fase pactada antes de acudir a la jurisdicción o al arbitraje. Su incumplimiento puede tener consecuencias procesales. Para eso es importante que esté formulada en términos imperativos y con plazos definidos, no como una mera facultad.

¿Puedo designaros a vosotros como mediadores en la cláusula?

Puede designarse un mediador o una institución, o bien un mecanismo de designación. Conviene prever siempre una alternativa por si el designado no puede aceptar el encargo, por conflicto de interés o por cualquier otra causa, para que la cláusula no quede inoperativa.

¿Sirve para contratos ya firmados?

Puede incorporarse mediante adenda si ambas partes lo acuerdan. Es un buen momento para plantearlo cuando el contrato se renueva, se amplía o se modifica por cualquier otra razón.

¿La cláusula me exime del requisito legal de MASC?

No exime, encauza. El requisito legal sigue siendo exigible; lo que hace la cláusula es predeterminar cómo se cumplirá, evitando la discusión sobre el procedimiento justo cuando las partes ya están enfrentadas.

Inicia tu MASC hoy, sin salir de tu despacho

Escríbenos con una descripción breve del conflicto y los datos de la otra parte. Te confirmamos la viabilidad, te enviamos presupuesto cerrado y cursamos la citación por videoconferencia.

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