Confidencialidad del MASC y protección de datos
Lo que se dice en la mediación se queda en la mediación. Explicamos el alcance real de ese principio, sus excepciones tasadas y cómo tratamos el expediente conforme al RGPD.
Por qué la confidencialidad es la pieza clave
Sin confidencialidad no hay negociación posible. Nadie reconoce un margen, admite una debilidad ni explora una concesión si sabe que eso puede acabar citado en una demanda. El principio no protege al mediador: protege la libertad de las partes para hablar, que es exactamente lo que hace útil el procedimiento.
Por eso la ley lo configura con firmeza: el procedimiento y la documentación generada son confidenciales, la obligación alcanza a todos los intervinientes y profesionales que participan, y lo tratado no puede aportarse como prueba en un procedimiento posterior.
Qué cubre exactamente
- El contenido de las sesiones: manifestaciones, propuestas, concesiones y reconocimientos.
- Los documentos aportados durante el procedimiento por cualquiera de las partes.
- Las comunicaciones entre el mediador y cada parte, incluidas las mantenidas en sesión privada.
- Las notas de trabajo del mediador.
Qué NO cubre
Este es el matiz que hay que entender para no confundirse:
- El hecho mismo de haber acudido a la negociación. Es público y es precisamente lo que se acredita ante el juzgado.
- El objeto general de la controversia sometida a negociación.
- Las fechas del procedimiento y la identidad de los intervinientes.
- El resultado formal: acuerdo, ausencia de acuerdo o incomparecencia.
Esa distinción es la que permite que el acta cumpla su doble función: acreditar el intento ante el tribunal sin revelar nada de lo negociado.
La regla práctica
Del MASC sale al juzgado el continente, nunca el contenido. Aportar de más rompe la confidencialidad y puede generar consecuencias más graves que el problema que se pretendía resolver.
Las excepciones tasadas
La confidencialidad cede únicamente en supuestos concretos:
- Dispensa expresa y por escrito de todas las partes. Si todas consienten, la información puede utilizarse.
- Lo imprescindible para la tasación de costas. Puede aportarse la acreditación de la conducta de las partes ante el MASC, no el contenido de lo negociado.
- Resolución judicial motivada del orden penal. Un juez penal puede requerir información mediante resolución motivada.
- Razones de orden público, singularmente la protección del interés superior del menor o la prevención de daños a la integridad física o psíquica de una persona.
Fuera de estos supuestos, la información obtenida en el MASC es inadmisible como prueba.
La regla de incompatibilidad del mediador
Es una garantía adicional que conviene conocer: el mediador no puede intervenir después como árbitro, perito, abogado o representante de ninguna de las partes en el mismo asunto. Esta regla nos vincula plenamente.
De ahí nuestro protocolo de conflicto de interés: si una de las partes ya es cliente de LRB Tax & Legal en el conflicto concreto que se somete a mediación, declinamos la mediación y derivamos el expediente a un mediador externo, dejando constancia expresa en el acta de la sesión informativa. Lo decimos abiertamente porque la alternativa —callarlo y confiar en que nadie lo note— destruiría la confianza que hace posible el servicio.
Protección de datos: cómo tratamos el expediente
El procedimiento genera datos personales de las partes y, con frecuencia, información sensible sobre su situación económica o familiar. El tratamiento se realiza conforme al Reglamento (UE) 2016/679 y a la Ley Orgánica 3/2018.
Responsable y finalidad
El responsable del tratamiento es la sociedad titular de MASConline, cuyos datos identificativos completos figuran en el aviso legal y en la política de privacidad. La finalidad es exclusivamente la gestión del procedimiento de MASC solicitado: tramitación del expediente, citación de las partes, celebración de las sesiones, expedición del acta y cumplimiento de las obligaciones legales asociadas.
Medidas aplicadas
- Expediente único por procedimiento, con número propio y acceso restringido al mediador y al personal estrictamente necesario.
- Exclusión voluntaria de documentos. Las partes pueden designar documentos que no deban incorporarse al expediente.
- Sin grabación de las sesiones. No se registran audio ni vídeo de las comparecencias.
- Cifrado en tránsito y en reposo de las comunicaciones y del almacenamiento del expediente.
- Plazos de conservación definidos, ajustados a las obligaciones legales y profesionales aplicables, con supresión o anonimización posterior.
- Encargados de tratamiento vinculados por contrato con las garantías exigidas por el RGPD.
Derechos de las partes
Cualquier interviniente puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición escribiendo a Contacto@LRB.es, así como presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. El ejercicio del derecho de supresión debe conciliarse con la obligación de conservar el expediente durante los plazos legalmente exigibles.
Puedes consultar el detalle en nuestra política de privacidad.
Sobre confidencialidad y datos
Si reconozco algo en la sesión, ¿puede usarse contra mí?
No. Las manifestaciones realizadas durante el procedimiento están amparadas por la confidencialidad y son inadmisibles como prueba en un proceso posterior, salvo las excepciones tasadas. Esa protección es precisamente lo que permite explorar soluciones que no se plantearían en un juicio.
¿El mediador puede declarar como testigo?
El deber de confidencialidad alcanza al mediador y le exime de declarar sobre lo conocido en el procedimiento, salvo dispensa de todas las partes o requerimiento del orden penal mediante resolución motivada.
¿Qué pasa con lo que le cuento al mediador en la sesión privada?
Lo tratado en una sesión privada no se traslada a la otra parte salvo que expresamente lo autorices. Es una de las herramientas más útiles del procedimiento: permite al mediador conocer márgenes reales sin que ninguna de las partes tenga que descubrir su posición ante la otra.
¿Podéis mediar si la otra parte es cliente vuestro?
No en el mismo asunto. Si detectamos que una de las partes es cliente de LRB Tax & Legal en el conflicto concreto, declinamos la mediación y derivamos el expediente a un mediador externo, haciéndolo constar por escrito. Lo comprobamos en el estudio de viabilidad, antes de abrir expediente.
¿Cuánto tiempo conserváis el expediente?
Durante los plazos exigidos por la normativa aplicable y por las obligaciones profesionales, tras los cuales se suprime o anonimiza de forma segura. El detalle de los plazos está en la política de privacidad.
Inicia tu MASC hoy, sin salir de tu despacho
Escríbenos con una descripción breve del conflicto y los datos de la otra parte. Te confirmamos la viabilidad, te enviamos presupuesto cerrado y cursamos la citación por videoconferencia.
Todo el proceso se gestiona por correo electrónico: Contacto@LRB.es